¿Puedo utilizar una marca famosa en mi merchandising? | eDefense ®

¿Puedo utilizar una marca famosa en mi merchandising?

Merchandising

Muchos emprendedores dedican una parte de su presupuesto a hacer merchandising.

Y hacerlo con un guiño a otras marcas acompañando a nuestras firmas con eslóganes conocidos, marcas de nuestra niñez o el simple uso de un personaje conocido (sea real o ficticio) puede significar un salto en la venta de nuestros productos.

Cada día, estamos más familiarizados con el trabajo que realizan otras marcas y los queremos incluir entre el marketing de nuestra empresa. El merchandising en una sociedad consumista, es un lucrativo negocio. Pero tenemos que tener cuidado con qué incluimos en nuestras diseños.

¿Podemos utilizar el logotipo de otra marca para hacer una camiseta? ¿y la figura de los personajes favoritos de nuestra adolescencia?

La realidad es que el uso de esta “publicidad” en nuestros productos no está permitido. La mayoría de los eslogan, logotipos, dibujos o meras formas, atienden a derechos sobre propiedad industrial e intelectual y por tanto, son un tipo de propiedad que pertenece a una determinada compañía.

Imaginemos que nuestro público lo componen todos los nacidos entre los 80 o 90, una buena estrategia de marketing sería la producción de camisetas, tasas o fundas para móviles con frases típicas o imágenes de las series de esos años, y es que ¿a quién de nosotros no se nos dibuja una sonrisa si vemos en algún lado escritas frases como “hasta el infinito y más allá” de nuestro astronauta favorito Buzz Lightyear, una caricatura del jovencísimo Will Smith en el Príncipe de Bell Air o el simple logo de Friends?

Efectivamente, los sentimientos venden. Pero precisamente por ello, y porque las grandes compañías entendieron que de un momento fugaz (una escena, una frase, una serie descatalogada o una marca que ya casi no vende sus productos podían hacer un negocio estable a través del merchandising, surge la necesidad de pedir permiso para la utilización de cualquier elemento que pueda estar vinculado a la propiedad intelectual o industrial.

Ya hemos repetido en muchos posts, que uno de los derechos de la marca (algunos eslóganes, dibujos, o figuras están protegidos también por esta ley y no solo logotipos), es la exclusiva utilización de la imagen el mercado. El mero uso de un logotipo junto con otras ya implica un carácter económico que quedará totalmente prohibido sin la autorización (gratuita u oneroso) de su titular.

Lo mismo ocurre con las frases de nuestras series favoritas, imágenes o escenas, están totalmente protegidas por el derecho de autor y los derivados de la producción y divulgación.

Aún más protección presenta las imágenes personales, aunque sea de un personaje público, que además de los posibles derechos de propiedad intelectual que pueda conllevar tendrá una protección aun mayor con los de la propia imagen y su divulgación únicamente podrá ser aceptada por la persona en común.

En conclusión, el uso de propiedad intelectual en diseños propios se torna cuanto menos complicado. Lo único que está a nuestra disposición es todo aquello que por el paso del tiempo (70 años desde la muerte del autor, por regla general) haya quedado en dominio público, pero cuidado con alguna brillante maniobra de alguna que otra compañía.

En 2015, Antoine de Saint-Exupéry pasó a formar parte de la lista de autores de dominio público, pero tanto “El Principito” como denominación como la representativa figura de nuestro pequeño amigo y otros personajes de la obra, se registraron como Marcas, impidiendo de este modo que se utilice por alguien que no esté licitado por los propios titulares.

En eDefense somos abogados especialistas en propiedad industrial. Estaremos encantados de ayudarte.

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