Derechos digitales de los trabajadores | eDefense ®

Derechos digitales de los trabajadores

La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales no sólo ha traído consigo una revolución con respecto a la antigua normativa del año 1999, sino que ha introducido una serie de novedades relacionadas con internet y la presencia de los ciudadanos en él que es necesario conocer en profundidad y que iremos desgranando en esta y sucesivas publicaciones.

Los derechos digitales pueden definirse como aquellos derechos y libertades que tradicionalmente se han reconocido a los ciudadanos en el ámbito físico, ampliados o extrapolados a Internet. De esta forma, todos los ciudadanos ven reconocidos unos derechos que les protegen con respecto a su presencia y utilización de Internet.

Especialmente destacable es el reconocimiento que se hace de una serie de derechos digitales de los trabajadores. La transformación digital y el uso que en la empresa se hace de las nuevas tecnologías ha obligado a regular una serie de aspectos que hasta el momento habían quedado fuera de la normativa laboral.

A continuación, se van a detallar 4 de los derechos digitales reconocidos a los trabajadores en la nueva LOPDGDD, y que es necesario conocer debido a que pueden cambiar drásticamente las relaciones actuales entre empresarios y trabajadores:


Derecho a la desconexión digital

Es, sin duda, el derecho que más repercusión ha tenido hasta el momento tras la aprobación de la nueva ley. Probablemente, porque se ha venido abusando en los últimos años del contacto y comunicación continua con los empleados incluso en horas no laborales. Responder a llamadas telefónicas o contestar algunos correos en horarios extralaborales no ha venido considerándose como una de las responsabilidades derivadas de un puesto de trabajo, es decir, se han tratado como obligaciones suplementarias que no merecen ni de regulación ni de remuneración adicional.

El derecho a la desconexión digital viene a cubrir esa falta de regulación, estableciendo que los trabajadores tienen el derecho a no conectarse ni utilizar herramientas tecnológicas con fines profesionales en sus horas de descanso, permisos y vacaciones, con el objetivo de facilitar y mejorar la conciliación familiar y evitar la llamada “fatiga informática”.

Sin duda, se trata de un avance importante en la consecución de un equilibrio tanto en la vida familiar como en el uso de las nuevas tecnologías. El principal problema que se plantea es que su puesta en práctica tiene ciertas dificultades y puede dar lugar a una configuración que no respete por completo estos principios, ya que se tendrá que llevar a cabo una negociación entre el empresario y los trabajadores en los que se fijen los límites y las condiciones finales.


Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales

Este derecho está dirigido exclusivamente al uso de aquellos dispositivos que la empresa facilita al trabajador para el ejercicio de sus funciones, nunca a aquellos que sean propiedad del propio trabajador.

En definitiva, lo que se garantiza en este derecho es una serie de limitaciones al empresario en el acceso a los dispositivos que haya puesto a disposición de sus trabajadores, ya que puede llegarse a invadir la intimidad de éstos en ese proceso de control.

Únicamente se permite el acceso del empresario a los dispositivos facilitados a los trabajadores cuando este tenga la finalidad de controlar las obligaciones laborales de éstos o garantizar la seguridad e integridad de los propios dispositivos.

Además, se establece que el empresario deberá emitir unas instrucciones en cuanto al uso de tales dispositivos, es decir, si se permite su uso con fines privados, cuáles son esos permisos, qué periodos tienen habilitados, etc.


Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos

Se trata de un derecho que previamente se ha regulado de manera parcial en otras normas jurídicas y que finalmente se unifica en una única disposición. Consiste en la protección de la intimidad de los trabajadores en el uso que el empresario hace de los dispositivos de videovigilancia y grabación de sonidos.

Sólo está permitida la utilización de este tipo de dispositivos en dos supuestos: para garantizar la seguridad de los bienes y las personas, y para el control de los trabajadores y el cumplimiento de sus funciones y obligaciones. Obviamente, existen dos límites o requisitos: en primer lugar, es necesario que el empresario informe a los trabajadores sobre la instalación de este tipo de dispositivos; y, en segundo lugar, nunca podrán colocarse en zonas de descanso o uso exclusivo de los trabajadores tales como comedores, vestuarios o aseos.


Derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización

Por último, debemos hacer referencia al derecho a la intimidad en la utilización, por parte del empresario, de sistemas de geolocalización de los trabajadores. Esta actividad está permitida siempre y cuando se cumplan los dos siguientes requisitos: se ha informado previamente a los trabajadores sobre su existencia, uso y características; se usen con el único objetivo de controlar a los trabajadores y el cumplimiento de sus funciones laborales.

Otros artículos que pueden interesarte.

Business
Tiffany De La Torre García

Stock Options y Phantom Shares

En el mundo de la Startup no es infrecuente encontrar figuras de trabajadores o consejeros que reciben equity de la empresa como contraprestación a sus servicios. De ahí, la importancia de saber cómo enfrentarnos a una negociación sobre stock options o phantom shares. ¿Qué son las stock options y las phantom shares? Tanto las «stock

Leer más
Ecommerce
Pilar García González

Derecho de desestimiento en compras online y garantía legal

¿Tienes una tienda online? Si es así, seguramente te hayas hecho preguntas como: ¿Cuáles son mis obligaciones ante el consumidor cuando quiere devolver un producto comprado en mi web? ¿Cómo debo actuar? La respuesta a estas cuestiones, que a menudo nos llegan al despacho, difiere según el consumidor este ejercitando su derecho al desistimiento o

Leer más
Ecommerce
Álvaro Díaz Labrador

Qué hacer ante la prohibición de listings de Amazon y cómo recuperarlos

Imagen de vectorjuice en Freepik.jpg Amazon es, sin lugar a dudas, el mayor marketplace del mundo. Miles de vendedores independientes intentan hacerse hueco para incluir sus productos en una lista interminable de artículos de todo tipo. Esto implica que conseguir un buen posicionamiento de una oferta o producto sea, cuanto menos, una ardua tarea que

Leer más
Scroll al inicio