La ley antifraude en España continúa transformando el panorama fiscal y tecnológico, marcando un hito con la publicación de la nueva Orden Ministerial sobre sistemas VERIFACTU.
Hace justo un año se publicó el Real Decreto 1007/2023 de 5 de diciembre , reglamento encargado de establecer los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten procesos de facturación de empresarios y profesionales, del que ya hablamos en post anteriores. Si bien es cierto que la publicación del Reglamento hizo estallar todas las alarmas, posteriormente tras una lectura reposada y meditada del mismo, todo el revuelo generado se transformó en una tranquila espera, pues quedaba pendiente aún la regulación a través de una Orden ministerial de una serie de especificaciones técnicas, funcionalidades y requisitos que debían adoptar aquellos programas informáticos dedicados a soportar procesos de facturación.
La ansiada Orden llegó el pasado 28 de octubre de 2024, esto supuso el inicio de la cuenta regresiva para muchos fabricantes y comercializadores de programas informáticos dedicados a la facturación. La publicación de la Orden se abre el plazo de adaptación de dichos programas a la normativa, disponiendo ahora sí los mismos, de 9 meses desde la publicación de la Orden para adaptar completamente los sistemas informáticos de facturaciónEsta normativa refuerza las medidas contra el fraude fiscal, estableciendo requisitos técnicos y operativos para los programas de facturación. Fabricantes y comercializadores tienen ahora la obligación de adaptar sus sistemas para cumplir con estas exigencias.
¿Qué cambios introduce la ley antifraude en la facturación electrónica?
La ansiada Orden llegó el pasado 28 de octubre de 2024, esto supuso el inicio de la cuenta regresiva para muchos fabricantes y comercializadores de programas informáticos dedicados a la facturación. La publicación de la Orden se abre el plazo de adaptación de dichos programas a la normativa, disponiendo ahora sí los mismos, de 9 meses desde la publicación de la Orden para adaptar completamente los sistemas informáticos de facturaciónEsta normativa refuerza las medidas contra el fraude fiscal, estableciendo requisitos técnicos y operativos para los programas de facturación. Fabricantes y comercializadores tienen ahora la obligación de adaptar sus sistemas para cumplir con estas exigencias.
Entre las novedades más relevantes de la normativa destacamos:
- Registro de eventos:
- Los sistemas deben generar un registro resumen de los eventos sucedidos desde el inicio de su funcionamiento o desde el último registro.
- Formato de los registros:
- Uso obligatorio del formato XML.
- Codificación en UTF-8.
- Estructura y contenido definidos según la Orden.
- Huella o hash:
- Los sistemas deben implementar el algoritmo SHA-256, asegurando la integridad de los datos.
- Firma electrónica:
- Requisito de usar el estándar ETSI EN 319 132.
- Tipo de firma exigido: XAdES Enveloped Signature.
- Declaración responsable:
- Incluye información adicional respecto al cumplimiento normativo.
- Control de flujo en sistemas VERIFACTU:
- Se establece un tiempo mínimo de espera entre envíos de información, fijado en 60 segundos.
¿Qué especificaciones adicionales aporta la ley antifraude?
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha publicado en su web detalles técnicos complementarios para la implementación de la ley antifraude. Entre los más destacados se encuentran:
- Diseño del registro de facturación:
Los fabricantes deben seguir un diseño específico para garantizar la trazabilidad de los datos. - Lista de validaciones y errores:
Documentación sobre los posibles errores en el envío y recepción de registros por parte de la AEAT. - Web Service Description Language (WSDL):
Especificaciones para la remisión de información tanto para sistemas VERIFACTU como para los que no lo son. - Códigos QR y URLs:
Detalles sobre su generación y uso en el marco de la normativa. - Gestión de la firma electrónica:
Ejemplos prácticos para sistemas no VERIFACTU.
Preguntas frecuentes sobre la ley antifraude
1. ¿Qué es la ley antifraude y cómo afecta a la facturación?
La ley antifraude establece medidas para prevenir irregularidades fiscales, incluyendo requisitos técnicos estrictos para los programas de facturación electrónica.
2. ¿Qué es un sistema VERIFACTU?
Son sistemas de facturación electrónica que cumplen con los estándares de seguridad y trazabilidad establecidos por la normativa de la ley antifraude y algunas otras.
3. ¿Cuál es el plazo para adaptar los programas de facturación?
Los fabricantes y comercializadores tienen un plazo de 9 meses desde la publicación de la Orden Ministerial, es decir hasta el 28 de julio de 2024.
4. ¿Qué ocurre si un software de facturación no se adapta y no cumple con la ley antifraude?
El incumplimiento puede resultar en sanciones y en la imposibilidad de operar con la Agencia Tributaria.
5. ¿Qué novedades técnicas introduce esta normativa?
Destacan el uso del algoritmo SHA-256, la firma electrónica XAdES Enveloped Signature y el control de flujo en sistemas VERIFACTU.
¿Qué retos técnicos plantea la Ley antifraude?
Aunque algunos de los requisitos ya eran conocidos, la ley antifraude plantea retos técnicos significativos para los fabricantes de software de facturación, como la implementación de huellas hash, ajustes en la firma electrónica y la integración de códigos QR.
Desde eDefense, como despacho especializados en derecho digital y en adecuación normativa a la constante evolución digital de los procesos; ayudamos a fabricantes y comercializadores a cumplir con las exigencias de la ley antifraude, proporcionando soporte técnico y legal para garantizar una transición sin complicaciones.
¡No dudes en contactar, estaremos encantados de ayudar!